La decisión fue adoptada por el magistrado Fredy Ibarra Martínez, al resolver una acción de tutela interpuesta por el abogado José Ángel Fonseca, quien explicó que el togado argumentó que no se puede obstruir el acceso a la administración de justicia (Lea también: Promueven tutelatón para frenar paro judicial ).
"El servicio de justicia es un servicio público esencial del Estado y que no proceden los paros o movimientos o ceses de actividades por lo que le ordena al Consejo Superior de la Judicatura, en un término no mayor a 48 horas, que garantice la prestación de servicios en juzgados civiles y laborales que están afectado por el paro realizado por Asonal Judicial", aseguró.
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Son al menos mil 500 empleados judiciales los que se encuentran en cese de actividades en la capital del país, en rechazo a la entrada en vigencia del acuerdo 10442 del año pasado, que autoriza la implementación de centros de servicios en estos juzgados.