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Orden para designar a rector (e) de la U. Nacional desconoce autonomía universitaria, según expertos

De acuerdo con exfuncionarios del sector educativo, la Resolución que exigía convocar una sesión extraordinaria para designar un rector desconoce el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia.

Universidad Nacional
Universidad Nacional
Foto: cortesía Universidad Nacional

A través de un comunicado, el Sector de Educación Superior se pronunció ante el panorama que atraviesa la Universidad Nacional en torno a la designación del rector. En el documento, el organismo exige que se respete la autonomía universitaria expresada en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia que afirma que “las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley”.

Tras el nombramiento de Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional, distintos sectores han mostrado su posición de rechazo argumentando que ésta no se encontraba dentro de los ámbitos legales. Por otro lado, hay quienes afirman que la llegada de Peña a la institución educativa es completamente válida.

Frente a esto, el comunicado manifestó que el Consejo Superior Universitario, “basado en su propio estatuto orgánico, tiene la facultad para determinar la forma en que designa a su rector y demás directivas”. Por lo mismo, considera que la Resolución No. 7480 del 15 de mayo del 2024, expedida por el Ministerio de Educación, viola la autonomía universitaria.

Cabe recordar que dicho documento expresaba que el CSU debía convocar una sesión extraordinaria para encargar a un rector en menos de 24 horas. Lo anterior, según la carta, “constituye un desconocimiento de la transformación de la Universidad Nacional de Colombia de establecimiento público a ente autónomo universitario”.

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Al finalizar el comunicado, el Sector de Educación Superior hizo un llamado al Gobierno nacional para que actúe dentro de las normas colombianas que ordenan proteger la autonomía de dichas instituciones.

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