Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

MinDefensa pedirá modificar acto legislativo que frenó mesada 14 a pensionados de la fuerza pública

Mientras el ministerio insiste que no hay respaldo jurídico para girar el pago de la mesada 14 por la decisión del Consejo de Estado, la Dirección de Veteranos aclara quiénes sí seguirán con el beneficio.

Fuerza pública.jpg
Fuerza pública
Foto: AFP

El Ministerio de Defensa informó que, en la próxima legislatura, presentará una modificación al Acto Legislativo 01 de 2005 para que se permita, legalmente, el reconocimiento de la mesada 14 a los pensionados de la fuerza pública, un pago que no se ha podido ejecutar este año por decisión del Consejo de Estado.

Cabe recordar que desde julio de 2021 y con ratificación en 2022, el Consejo de Estado suspendió la mesada 14 mientras estudia una demanda de fondo. Si bien el ministerio presentó varios recursos legales para reactivar el pago, no obtuvo respuesta positiva y consideró no hacerlo hasta no tener respaldo judicial.

Esa propuesta de modificación de acto legislativo se suma al recurso de súplica con el que el ministerio insistió nuevamente en la necesidad de transferir el dinero a pensionados.

¿Quiénes sí recibirán la mesada 14?

Ante la situación que enfrenta el sector, la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva aclaró para quienes llegará el pago de la mesada 14, que es uno adicional a los 13 que reciben los pensionados al año.

Publicidad

Para quienes los pensionados (y beneficiarios) que adquirieron ese estatus antes de la entrada en vigencia del Acto Legislativo No. 001 de 2005, que fue el 29 de julio de ese año y si lo hicieron después, solo aplicará para los que tengan una mesada pensional no supere los 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

En esa medida, el pago de la mesada 14 está suspendido para quienes se pensionaron luego del 29 de julio de 2005 y reciben de tres (03) salarios mínimos mensuales legales vigentes, así como del 1 de agosto de 2011 en adelante sin importar el valor de la mesada pensional.

Publicidad

Le puede interesar:

  • Publicidad

Publicidad