El exfiscal Néstor Humberto Martínez considera que el caso de las Farc y la muerte deÁlvaro Gómez debe ir a la Corte Suprema de Justicia y no a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.
En diálogo con BLU Radio, el exfuncionario manifestó que Carlos Antonio Lozada, quien dijo haber ejecutado la orden de matar al líder conservador, es hoy senador de la República y, por lo tanto, es un aforado.
Según dijo, la Corte Constitucional, en el fallo 674 de 2017, al examinar la reforma constitucional que creó la JEP, consideró que esta no se ajustaba a la Constitución porque afirmaba que el único que tenía el fuero constitucional era el presidente.
“La corte dijo que también conservaban su fuero los magistrados y los congresistas. Resulta que Lozada es, en este momento, senador de la República. En el texto que se había aprobado en La Habana se decía que el caso del presidente, si la JEP tenía una información, podía hacer algunas investigaciones previas y, cuando lo estimara conveniente, debía remitirlo a la Comisión de Acusaciones. Esa también fue declarada institucional”, dijo.
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De hecho, en la página 326 de la sentencia C-674 dice: “Cuando en la JEP obre información que pueda comprometer la responsabilidad de algún aforado constitucional, ésta debe ser remitida automáticamente al órgano dispuesto por la Constitución para realizar la investigación, juzgamiento o sanción, según el caso; (ii) y segundo, de la norma que establece la competencia la JEP para investigar, juzgar y sancionar a los no combatientes en el conflicto armado, esto es, de los terceros civiles y de los agentes del Estado que no hacen parte de la fuerza pública, cuando no ha mediado su voluntad de someterse a dicha jurisdicción”.
Así las cosas, según Martínez Neira, la única forma de que la JEP pueda investigar a los hoy senadores de las Farc es que ellos renuncien a su cargo.
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Si renuncian, se reasume las competencias del juez natural del caso, que es la JEP, y la JEP seguiría conociendo de las investigaciones, pero no en calidad de aforados constitucionales.
“Si renuncian, se reasume las competencias del juez natural del caso, que es la JEP, y la JEP seguiría conociendo de las investigaciones, pero no en calidad de aforados constitucionales”, expresó.
En ese sentido, puso como ejemplo el caso del expresidenteÁlvaro Uribe, quien tras renunciar a su cargo de senador su caso pasó de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía General de la Nación.