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Juicio contra Uribe se suspende hasta que se resuelva apelación que busca la nulidad

La jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá que acusó al exmandatario le dio traslado a la petición de apelación de los abogados al Tribunal Superior de Bogotá.

Álvaro Uribe
Álvaro Uribe
Foto: AFP

La jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, concedió el recurso de apelación que presentó la defensa de Álvaro Uribe por el delito de fraude procesal y soborno, pues, consideran que se debe declarar la nulidad de todo lo actuado. La decisión recae ahora sobre el Tribunal Superior de Bogotá.

Según el abogado Jaime Granados, hubo irregularidades durante las audiencias de imputación y acusación con los hechos jurídicamente relevantes en donde la defensa asegura que se habrían vulnerado derechos a la defensa.

El expresidente Álvaro Uribe está en juicio por presuntamente haber manipulado los testimonios de exmiembros de las Autodefensas Unidas de Colombia que al parecer tenían conocimiento de vínculos de Uribe Vélez con estos grupos armados ilegales en el departamento de Antioquia.

Asimismo, la defensa expresó sus reparos al delito que se adicionó en el proceso durante la etapa de acusación y donde se negó en un primer momento esa apelación. Mientras el Tribunal Superior de Bogotá estudia la apelación del líder natural del Centro Democrático, el proceso se suspende hasta que se dé un pronunciamiento oficial sobre esa nulidad de todo lo actuado.

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Cabe mencionar que en este proceso han pasado varios jueces y fiscales que han sido recusados, esta audiencia tuvo como particularidad que asumió Marlene Orjuela tras el cambio de Gilberto Villarreal. Por otra parte, el proceso cada vez se acerca más a la preclusión que está fijada para el 8 de octubre de 2025.

"Advirtiéndose, en primer lugar, que ya había conocido de este proceso, y aún se encuentra con lo normado en los artículos 176 y siguientes de la ley 906 de 2004, y habiéndose sustentado en debida forma, se concede el recurso de apelación oportunamente interpuesto y sustentado ante la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el efecto suspensivo, en cumplimiento de lo normado en el numeral tercero del artículo 177 de la ley 906 de 2004. En consecuencia, se ordena, de manera inmediata, remitir la actuación a dicha superioridad", señaló la jueza 44 Sandra Heredia.

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