La sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, ordenó proteger algunos cementerios y el resguardo indígenas de San Lorenzo, Caldas, en medio de un proceso de búsqueda de desaparecidos en el marco del conflicto.
Por tal razón, se realizaron unos “recorridos bimestrales” durante la vigencia de la medida cautelar, a los 15 puntos de interés forense. Estos recorridos debían contar con el acompañamiento logístico de la Secretaría de Gobierno de la alcaldía de Riosucio y la Gobernación de Caldas.
"La finalidad de los recorridos a los 15 puntos de interés forense es la de permitir a esa comisión, liderada por el cabildo del resguardo, evidenciar si en esos lugares existe algún riesgo o alteración; es decir se trata de una acción con naturaleza preventiva", explicó la JEP.
La alcaldía de Riosucio pidió apoyo logístico, pues desde la administración aseguraron que "no tenían los recursos"; en este trámite de medidas cautelares, la alcaldía de Supía aseguró que intentar realizar reuniones con el resguardo indígena de San Lorenzo, pero no fue posible.
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Ante esta situación, la JEP emitió unas órdenes a los dos alcaldías y a la Gobernación, con el fin de lograr las visitas a los lugares de interés.
La Gobernación de Caldas respondió que "no tuvo conocimiento de la creación" puesta en marcha y ejecución del plan de acción que hubiera diseñado la comisión de recorridos bimestrales; mientras que, la Alcaldía de Supía argumentó que acataron las órdenes, pero la alcaldía de Riosucio no respondió.
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"Se aprecia que la Alcaldía de Supía brindó un informe de gestión, más no remitió lo solicitado por medio del Auto AI 061, al punto que la única referencia que hay con relación a dicho punto es la indicación de la imposibilidad de reunirse con la gobernadora del cabildo indígena, sin precisar cuántas veces y por qué medios intentó otras reuniones o si remitió comunicaciones para solventar dicha problemática. En conclusión, del documento allegado no se puede apreciar el cumplimiento de la orden emitida", señaló la JEP.
En el caso de la alcaldía de Riosucio se ordenó un plan para conservar los cuerpos de personas no identificadas en el cementerio San Nicolás, pero la JEP consideró que tampoco se cumplió.
"Considera la Sección que se encuentra plenamente acreditado el incumplimiento objetivo de las decisiones enunciadas así como el carácter doloso de tal conducta por parte de Luis Carlos Velásquez Cardona - gobernador de Caldas-, Marlon Alexander Tamayo Bustamante -alcalde de Riosucio-, y Marco Antonio Londoño Zuluaga – alcalde de Supía, por lo que resulta procedente dar aplicación a los supuestos normativos, y en consecuencia sancionar a los aludidos funcionarios", indicó la JEP.
La sanción al gobernador de Caldas, Luis Carlos Velásquez, es de una multa equivalente a tres salarios mínimos y un arresto de dos días. Mientras que, el alcalde de Riosucio, Marlon Tamayo, y el alcalde de Supía, Marco Antonio Londoño, fueron sancionados con arresto de tres días y multa de dos salarios mínimos.
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