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JEP determina que ataque a Catam en 2003 no es crimen de guerra y otorga amnistía a exFarc

La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP aclaró que el ataque no causó heridas a civiles, ni daños a la infraestructura vital para la población civil.

Catam
Catam
Foto: X: @IvanDuque

La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP determinó que el ataque por parte de la extinta guerrilla de las Farc contra Catam, el 21 de octubre del 2003, es una infracción al Derecho Internacional Humanitario, pero no un crimen de guerra, pues no hubo civiles heridos ni daños graves para la estructura vital de la población civil. Este ataque se realizó desde una residencia cercana al sector con granadas.

“Tres argumentos llevaron a la Sala a tomar esta decisión. El primero se relaciona con el hecho de que solo se usó una de las dos armas destinadas para el ataque. De acuerdo con el relato de los hechos ante la jurisdicción ordinaria, el ataque se planeó para disparar dos granadas. Una se lanzó y la otra quedó en el lugar desde donde se dio la operación. En la decisión, la Sala explicó que el artefacto nunca se usó, ni tuvo una destinación diferente a la planeada. El atentado se declaró fallido y quien lo llevó a cabo huyó del lugar de los hechos”, explica la JEP.

Ante esta situación, la jurisdicción decidió concederle la amnistía a Lisardo Valderrama Rojas, quien hizo parte de la extinta guerrilla de las Farc . Valderrama había sido condenado por el delito de terrorismo en calidad de coautor por los hechos ocurridos durante ese día.

“El segundo argumento es la inexistencia de daños. Ninguna de las dos granadas causó heridas a civiles ni afectaron bienes jurídicos como la vida o la integridad personal. Asimismo, tampoco se produjeron daños materiales a bienes civiles”, señala la JEP.

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