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Irlandeses inadmitidos por la JEP niegan nexos con las Farc y advierten falta de garantías

Según la magistratura, estas 3 personas no aportaron verdad plena e incumplieron de manera grave sus compromisos ante el sistema; sin embargo, los irlandeses advierten que no se les ha respetado el debido proceso en la jurisdicción.

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Foto: AFP

La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP decidió inadmitir a los ciudadanos irlandeses Martin John McCauley, Niall Terrence Connolly y Séamus O'Muineacháin, quienes fueron contactados por la extinta guerrilla de las Farc para recibir asesoría en la fabricación, elaboración y utilización de artefactos explosivos.

Según la magistratura, estas tres personas no aportaron verdad plena e incumplieron de manera grave sus compromisos ante el sistema.

En las últimas horas, los 3 irlandeses, por medio de su abogado en Colombia, apelaron la decisión tomada por la sala.

En el documento de 38 páginas conocido por Blu Radio, los defensores de los comparecientes empiezan explicando que no buscan un enfrentamiento con la JEP, sin embargo, si consideran que hay algunos derechos que han sido vulnerados en este proceso, que también podrían afectar a las víctimas.

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Posteriormente, hacen un recuento de las decisiones que creen han tenido algunas fallas, una de ellas en las que se cambia el estado de comparecencia de los irlandeses. Contra esta decisión se interpusieron algunos recursos que fueron declarados improcedentes y por eso para los abogados se privó la posibilidad de ejercer el derecho a la defensa, vulnerando así el debido proceso.

Según el documento, durante las audiencias, las preguntas de la magistratura apuntaban a indicar que los comparecientes fueron integrantes de organizaciones ilegales en Irlanda, pero señala la defensa que esto no ha sido probado en ninguna instancia judicial.

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“Las preguntas practicadas en dicha audiencia por parte del juez fueron inductivas y violatorias del principio constitucional que implica que otorgar verdad no significa declararse responsable, además de pretender un perfilamiento o estigmatización desde una perspectiva poco restaurativa, se trató de un nuevo juicio de responsabilidad penal realizado por el despacho. Adicionalmente, se investigaban hechos del proceso de paz irlandés, pues la SAI asumió arbitrariamente que nuestros poderdantes eran integrantes del IRA. A manera de ejemplo se preguntó, sobre asuntos relacionados con esta organización que firmo un tratado de paz con el gobierno británico”, señala el documento.

En el mismo sentido se cita algunos documentos enviados por la comisión de la verdad a la JEP en los cuales el comisionado Alejandro Valencia certifica que los 3 irlandeses aportaron a la verdad. La defensa además asegura que las solicitudes de nulidad y diferentes acciones fueron rechazadas por la JEP, excepto una decisión de la sección de revisión que ordenó amparar el derecho al debido proceso de los comparecientes.

“Finalmente, desconociendo el fallo de tutela de la sentencia SRT-ST-77 de la subsección quinta de la sección de revisión del Tribunal para la paz, se dicta decisión sobre el trámite de Incidente de Incumplimiento del régimen de condicionalidad el 23 de mayo de 2024, declarando el incumplimiento de parte de los comparecientes al régimen de condicionalidad y en consecuencia su salida de la Jurisdicción Especial para la Paz, la cual actualmente es objeto de impugnación”, explicó la defensa.

Durante el trámite, según los abogados, se han presentado vulneraciones al debido proceso, la seguridad jurídica, el derecho de defensa, entre otros.

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Las decisiones de la magistratura, según el documento, no se notificaron, en algunos casos, de manera adecuada y se negó la posibilidad de controvertirlas.

“Es necesario afirmar que el juez de amnistía, en virtud del principio de lealtad procesal, legalidad y demás principios aplicables a la justicia restaurativa, debió informar y permitir el derecho de defensa y contradicción mediante el recurso de alzada al solicitante de amnistía, debido a las implicaciones respecto al cambio de modalidad de comparecencia que modificó de colaboradores a terceros, debido a los efectos gravosos que dicho cambio generaría. Sin embargo, su respuesta fue negar el derecho al control judicial, el recurso de alzada y, en esa vía, desconocer el principio de favorabilidad al aplicar el procedimiento previo”, asegura la defensa.

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Sobre la presunta participación de los irlandeses en los hechos

En el documento la defensa explica que los irlandeses han señalado que las acusaciones en su contra se deben a montajes judiciales y falsedades, que habrían sido inducidos por la inteligencia militar colombiana y británica de la época, con el fin de desacreditar los diálogos de paz del Caguán entre la guerrilla y el Gobierno.

“Resulta importante reiterar que los comparecientes asistieron a las audiencias de aporte a la verdad y en ellas comunicaron al despacho los motivos por los cuales viajaron a Colombia a principios de los años 2000, manifestando que lo hicieron para conocer el proceso de paz del Caguán y sus dinámicas, puesto que eran asuntos de su interés. Explicaron, además, los motivos de distinta índole, profundizando sobre ello en cada caso. En este sentido, realizaron una amplia contextualización sobre el trabajo de los comparecientes y las relaciones o acercamientos específicos que estos tenían con países latinoamericanos, esclareciendo asuntos de su vida profesional y personal, tal como se evidencia en las grabaciones de la audiencia. No obstante, como se ha reiterado, el magistrado decidió realizar un análisis a partir de lo aportado por la justicia ordinaria, con información que manifestó que se encontraba en el expediente. En ningún momento, como se indicó, la Sala demuestra que las declaraciones realizadas por los comparecientes eran falsas o deficientes, a la luz de los demás elementos probatorios recaudados durante el trámite de amnistía. A pesar de no lograr probar la falsedad de los aportes, la Sala se limita a repetir que los comparecientes decidieron omitir su compromiso de aportar a la verdad”, se lee en el documento.

Las preguntas de la magistratura, según la defensa, estuvieron dirigidas a obtener información sobre la cual los irlandeses no tendrían conocimiento, algunas de ellas relacionadas con la relación internacional de las Farc con el IRA, por lo que los comparecientes no podían entregar las respuestas. Además, señalan que la JEP trató de investigar hechos del proceso de paz irlandés, por lo que excedió su competencia.

“Se encuentra probado que, en este caso, se está aplicando un modelo de justicia que puede denominarse contra insurgente, el cual pretende castigar a aquellos que discuten o cuestionan las arbitrariedades ejecutadas en el sistema judicial que operó en la justicia ordinaria. Es dable identificar la aplicación de prácticas propias del derecho penal del enemigo que, en este caso, por considerar que los acusados pertenecieron o colaboraron con las antiguas Farc-EP, cuentan con menos garantías procesales” señala la defensa.

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Advierten además que el proceso de sometimiento de estas 3 personas en la JEP empezó en 2019 y que no hay aún una determinación de fondo a su solicitud de amnistía, algo que la defensa considera desproporcionado, debido al tiempo que ha transcurrido. Ante esta situación le hacen 4 solicitudes a la Sección de Apelación de la JEP. Piden que se deje sin efecto la resolución que declara el incumplimiento grave de los irlandeses, también que se decidir que las 3 personas no incumplieron las condiciones del sistema y que se otorgue la amnistía más amplia posible. Por último, piden a la Sala de Amnistía e Indulto explicar el nombramiento de magistrados encargados y que de la misma manera se dejen sin efecto.

Salvamento de voto de la magistrada Marcela Giraldo

En el documento también se cita el salvamento de voto de la magistrada Marcela Giraldo frente a esta decisión. Lo anterior, ya que Giraldo argumentó que el incumplimiento debe declararse cuando el compareciente no aporte información o entrega datos falsos.

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“Si el aporte a la verdad dado por los comparecientes es que, justamente, estos no estuvieron involucrados con las extintas Farc-EP y con el delito de entrenamiento para actividades ilícitas, y que su viaje a Colombia se había dado por motivos investigativos, no debió la subsala exigirles como aporte a la verdad una información que concluye no tendrían de acuerdo a lo que manifestaron, esto es, “que aportaron elementos que permitan atribuir responsabilidades a otras personas que pudieron ser partícipes de los hechos por los que se les investigó y proceso”22, ni sancionar su falta de aportes al respecto”, señaló Girado.

La magistrada también asegura que no se debió hacer preguntas relacionadas con el conflicto de Irlanda y se refiere al aporte a la verdad de los comparecientes.

“No puede, entonces, hablarse de incumplimiento al deber de aportar verdad, en los eventos en los que el compareciente simplemente no satisface la anhelada búsqueda de cierta verdad que, a juicio de la Subsala, es la que se debió aportar en el trámite. El silogismo del incumplimiento al aporte de verdad en la JEP no puede hacerse simplemente constatando la información que obra en la jurisdicción ordinaria y la mera insuficiencia de una ampliación de esa información ante la JEP”, asegura Giraldo.

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