Uno de los puntos que pasó desapercibido durante la aprobación de la ponencia de la reforma tributaria realizada este jueves en las comisiones terceras de Cámara y Senado, tiene que ver con el impuesto que pagarían las iglesias y otras instituciones del impuesto de renta.
Según el artículo 72 de la ponencia: “No están gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, respecto a los ingresos provenientes de actividades asociadas al oficio religioso, al culto, al rito, a prácticas que promuevan el apego de los sentimientos religiosos en el cuerpo social, o actividades de educación o beneficencia realizadas bajo la misma persona jurídica”.
Es decir, las actividades que realizan las iglesias que tengan relación única y exclusivamente a su labor eclesiástica, asesoramiento espiritual y religioso, actividad de beneficencia y de educación.
Pero en todas aquellas actividades que sean ajenas a su fin misional y vocacional, deberán pagar un impuesto de renta del 20 %.
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La promotora de esta iniciativa, la representante verde y presidenta de las comisiones económicas, Katherine Miranda, celebró el anuncio en su cuenta de Twitter:
Lo logramos!
— Katherine Miranda (@MirandaBogota) October 6, 2022
Iglesias a pagar impuestos!!!
Felicidad!! ❤️❤️❤️❤️ pic.twitter.com/KucImQWjDu
Cabe señalar que en este mismo artículo quedan incluidos en el pago de impuestos a instituciones como alcohólicos anónimos, los sindicatos, las asociaciones gremiales, los fondos de empleados, los fondos mutuos de inversión y los cuerpos de bomberos, entre otros.
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