Uno de los puntos que más llama la atención en la ponencia que presentaron ante la sala plena los magistrados del Consejo Nacional Electoral , Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, en las que se tomarían decisiones frente a las presuntas irregularidades en la campaña del presidente Petro; es la abstención de abrir investigación y formular pliego de cargos en contra la tesorera de la campaña Lucy Aidee Mogollón.
Aunque la Tesorería cumple una importante responsabilidad al interior de una estructura de campaña por el manejo directo de recursos, y en el pasado estos funcionarios han sido relevantes como en el caso del extesorero de la campaña del expresidente Ernesto Samper, Santiago Medina, y quien terminó desatando el llamado “Proceso 8.000”; en el caso de Mogollón parece que su incidencia en la campaña del actual presidente no fue relevante.
Esto se desprende de la declaración y los chats que Lucy Aidee Mogollón, tesorera de la campaña, entregó a los magistrados del CNE, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada. Según la versión libre, la extesorera señaló que aunque en su contrato estaba previsto que controlara el manejo de ingresos y egresos de recursos de la campaña, esto no fue así por orden del gerente Ricardo Roa.
“Básicamente la tarea asignada era recaudar y revisar la existencia de soportes y documentos requeridos para los pagos. Cuando yo ingrese a la campaña, me habían dicho que era en la parte de tesorería, sin embargo, cuando llegué me dijeron que era una persona externa y que no confiaban en mí y todo el tema del manejo de recursos y token era el señor Sebastián Caicedo y quien tenía firma en el banco era el señor Ricardo Roa en su calidad de gerente de campaña y solo por autorización de él se hacían pagos”.
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El administrador del token y quien tenía acceso a la cuenta bancaria era Joan Sebastián Caicedo Cano, hermano de Julián Caicedo Cano, pareja de Ricardo Roa y quien ha estado en el centro de la polémica, ya que la Procuraduría General de la Nación adelanta una investigación en su contra por presuntamente haber incurrido en la trasgresión al régimen de inhabilidades.
Mogollón también sostuvo que Aníbal Cano, primo de Julián Caicedo, se encargó de todas las compras de la campaña: “La persona que estaba encargada de compras era el señor Aníbal, él solicitaba los servicios dependiendo del área de la fuera (sic), se recogía la información y pasaba por manos de ellos, validaban que estuviera acorde a lo que ellos habían solicitado, pasaba a Ricardo Roa para su autorización, luego se hacía el pago. (…)”.
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Algo curioso del caso es que Sebastián Caicedo tenía un poder tan grande en el manejo de los recursos de la campaña , a pesar de que no había sido contratado para ello.
Los magistrados resaltaron que “de conformidad con los soportes documentales allegados al plenario y en virtud del proceso de rendición de cuentas, advierte la Corporación que sin bien obra contrato suscrito el 25 de marzo de 2022 entre el gerente de la campaña y el ciudadano Joan Sebastián Caicedo Cano, este no guarda relación alguna con la función estructural y contable efectuada, contrario el vínculo laboral suscrito tuvo por objeto la prestación de servicios como auxiliar administrativo en la campaña” y en sus funciones estaban “Atender los requerimientos y/o servicios de transporte, mensajería y demás labores administrativas que requiera el contratante”.
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