El debate nacional sobre la declaratoria del Estado deConmoción Interior y Emergencia Económica en Colombia , anunciado por el presidente Gustavo Petro, ha generado diversas posturas entre analistas, juristas y políticos. Este complejo tema fue abordado en Mañanas Blu, con Néstor Morales.
Contexto: el Catatumbo, epicentro de la crisis
El detonante de la discusión radica en los hechos recientes ocurridos en el Catatumbo
, región que enfrenta una escalada de violencia atribuida al ELN
y otros actores armados. Según los panelistas, esta situación, caracterizada por masacres, desplazamientos masivos y la pérdida de control territorial, ha llevado al gobierno a plantear medidas excepcionales.
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“La gravedad de lo que ocurre en el Catatumbo no tiene precedentes recientes”, afirmó Luis Ernesto Gómez, quien argumentó que la región se encuentra en un estado de anarquía que pone en jaque la estabilidad institucional.
Entre tanto, Felipe Zuleta cuestionó si la conmoción interior es realmente necesaria o si el problema podría manejarse con los mecanismos ordinarios del Estado: “El artículo 213 de la Constitución es claro: la conmoción interior se justifica solo si hay hechos que amenacen la estabilidad democrática y no puedan ser manejados con los instrumentos existentes”.
El trasfondo político: consensos ministeriales y facultades extraordinarias
Uno de los puntos más polémicos del debate fue la necesidad de consenso político dentro del gabinete para la firma de los decretos que declaren el estado de excepción. Héctor Riveros destacó que históricamente esta figura buscaba garantizar acuerdos entre coaliciones, como en la época del Frente Nacional, pero advirtió que en el gobierno actual esta práctica se ha reducido a un trámite.
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“El presidente tiene la potestad de cambiar a los ministros que no estén de acuerdo con la declaratoria, lo que convierte el consenso en una formalidad más que en un ejercicio real de deliberación”, señaló Riveros. Por su parte, María Consuelo Araujo subrayó la importancia de que cualquier decisión en este sentido cuente con un respaldo jurídico sólido para evitar futuras impugnaciones ante la Corte Constitucional.
Aspectos económicos: ¿emergencia justificada?
La posibilidad de una Emergencia Económica como complemento a la Conmoción Interior ha suscitado dudas respecto a su pertinencia. Esta figura permite al gobierno implementar medidas como la creación de nuevos impuestos, modificaciones presupuestales y otras acciones extraordinarias para atender la crisis. Sin embargo, Felipe Zuleta cuestionó la existencia de un “hecho sobreviniente” que justifique esta medida, requisito fundamental según el artículo 215 de la Constitución.
“No hay un hecho nuevo. La crisis en el Catatumbo se conocía desde hace meses. La Defensoría del Pueblo ya había emitido alertas tempranas, y las fuerzas militares estaban al tanto de la situación. Declarar una emergencia económica bajo estas condiciones es jurídicamente débil”, afirmó Zuleta.
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Por otro lado, Luis Ernesto Gómez defendió la necesidad de medidas económicas para atender las causas estructurales del conflicto en la región, como la falta de inversión social y desarrollo económico: “El Catatumbo requiere incentivos económicos y sociales para estabilizarse. Esta situación no se resuelve solo con decisiones militares”.