Juan Felipe Parra Rojas es abogado, profesor de la universidad de Los Andes y de la universidad del Rosario, estudiante de doctorado en derecho y tiene 26 años, el mismo que interpuso una demanda, una acción pública de inconstitucionalidad contra la norma establecida en el artículo 2 de la ley 2114 de 2021. Su propósito con esta acción legal, la cual fue radicada el 16 de mayo del 2022, era lograr que se dictara una sentencia aditiva donde las parejas adoptantes del mismo sexo tienen derecho a disfrutar las licencias de paternidad y maternidad en las mismas condiciones que las parejas adoptantes heterosexuales.
“Esta demanda surge gracias a las discusiones de clase en la universidad de los Andes, donde discutimos cómo las licencias de paternidad y maternidad estaban construidas bajo una idea de heteronormatividad que ignoraba otras identidades diversas y decidí radicar la demanda solicitando a la Corte Constitucional que se pronunciara, porque existe una omisión legislativa y se olvida a estas personas del discurso legal y constitucional”, le contó Juan Felipe Parras Blu Radio.
Esto le permite a las parejas del mismo sexo elegir quién toma la licencia de maternidad de 18 semanas o la de paternidad de 2 semanas.
Según el demandante, Juan Felipe Parra, esta decisión proferida por la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, es histórica y pone en marcha una sentencia que le marcará la parada al Ministerio de Salud, el Ministerio de trabajo y las entidades promotoras de salud para reglamentar y garantizar el cumplimiento del fallo para que las familias del mismo sexo que quieran acceder a las licencias de maternidad y paternidad al adoptar hijos, puedan hacerlo.
Publicidad
Le puede interesar: