La Corte Constitucional dio un plazo de 15 días al gobierno para que cumpla con las órdenes dictadas dentro del plan de soluciones de acceso a la salud, agua potable, alimentación y seguridad alimentaria en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en La Guajira .
La Corte encontró que no se ha cumplido con lo que ordenó en 2017 al gobierno, en cuanto a tomar medidas ante la vulneración generalizada, irrazonable y desproporcionada de los derechos fundamentales de la niñez wayúu deLa Guajira , causada por las fallas estructurales de las entidades nacionales y territoriales que configuraba un estado de cosas inconstitucional (ECI).
Lo anterior, en relación con el goce efectivo de los derechos a la salud, al agua potable, a la alimentación y a la seguridad alimentaria en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.
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La Corte, además, compulsó copias a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que investigue a la Sala de seguimiento de la sentencia T-302 de 17, del Tribunal Superior de Riohacha, por la presunta omisión del cumplimiento de sus deberes.
Lo anterior, teniendo en cuenta que han transcurrido más de dos años desde la notificación de la sentencia sin que existan avances, siquiera mínimos, en el cumplimiento.
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En tres oportunidades se ha solicitado información al tribunal sin recibir respuesta alguna, lo que bien muestra, no solo la reticencia del Tribunal a atender los requerimientos de esta corporación, sino el grado de importancia que dio a una sentencia declaratoria de un estado de cosas inconstitucionales que, de acuerdo con la ley, ha de acarrear consecuencias de orden sancionador (penal y disciplinario).