Por orden de la Corte Constitucional, el Ministerio de Justicia hizo público el protocolo para que autoridades territoriales delimiten el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos.
El ministro Osuna explicó que “el porte de dosis personal no está penalizado pero este protocolo es sobre el consumo; está permitido pero con posibilidades de restricción, por eso el protocolo”.
El jefe de cartera explicó que con la guía los alcaldes podrán reglamentar lugares y horarios para que se restrinja o habilite el consumo, y también advirtió que el caso de que la autoridad gubernamental no establezca los parámetros, podría estar permitiendo el consumo en espacios públicos.
Los principios de ese protocolo se basan en dignidad humana, protección integral de menores de edad, prevalencia de niños, niñas y adolescentes, salud pública y libre desarrollo de la personalidad.
Publicidad
El protocolo recomienda definir cuáles zonas del espacio público se deben habilitar, instruir a las autoridades sobre la definición de lugares y verificar el momento del día en que se puede establecer el consumo.
En el documento también se establece la aplicación de medidas preventivas, pedagógicas y hasta crear unaruta de atención a población con riesgo debido a uso de dichas sustancias o adicciones.
Publicidad
Le puede interesar: