El presidente Gustavo Petro firmó este viernes el decreto con el que establece la gratuidad para el acceso de jóvenes de bajos recursos a la formación en escuelas de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Allí se establece que los beneficiarios serán identificados a partir del año 2023, de acuerdo con la clasificación del Sisbén IV o la herramienta de focalización que, según el grupo y subgrupo que para tal efecto, establezca el Ministerio de Defensa.
Así las cosas, los jóvenes que serán elegidos son los que hayan superado exitosamente los requisitos y procesos de selección e incorporación establecidos en las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Asimismo, aquellos que sean alumnos de las escuelas de formación de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, así como los estudiantes de las escuelas de Formación de Oficiales y Patrulleros de la Policía Nacional que se encuentren matriculados y cursando programas de formación técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria.
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Tendrán que ser, adicionalmente, colombianos, matriculado en uno de los programas académicos, pertenecer a familia vulnerables en el Sisbén y no tener título profesional o de especialización previo.
Los estudiantes que cumplan con los requisitos serán beneficiarios únicamente del cubrimiento del 100 % del valor de la matrícula académica.
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Finalmente, se advierte que las causas de pérdida del beneficio son:
1. Cuando se evidencie que un beneficiario del programa accedió al mismo con información no veraz y/o con documentación alterada.
2. Por expresa voluntad del beneficiario o sus padres si es menor de edad, la cual será comunicada por escrito a la Escuela de Formación.
3. Por pérdida de la calidad de estudiante en las Instituciones de Educación Superior de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, de acuerdo con lo establecido en el Manual Académico o documento que haga sus veces. En este caso, el estudiante no podrá acceder prontamente a programas educativos en las diferentes Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
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4. Cuando el alumno de la Escuela de Formación supere el número de los períodos académicos del programa educativo, indistintamente de la causa que lo generó.
La fuente de financiación para la Política de Estado de Gratuidad en la Matricula académica para los jóvenes de las familias más vulnerables socioeconómicamente y que accedan a los programas de pregrado de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se atenderá con los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a cada una de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
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