El decreto 380 de 2021 fue expedido con la intención del Gobierno anterior de cumplir los requisitos de la Corte Constitucional para retomar la aspersión aérea de glifosato, para erradicar cultivos ilícitos.
Esa norma establecía, por ejemplo, que no se podía fumigar en las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales, los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados.
Ese decreto consagró que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y el Instituto Nacional de Salud realizarían seguimiento continuo, en el marco de sus competencias, sobre los efectos de los programas de aspersión en el ambiente y en la salud, por lo que deberán entregar informes de evaluación al Consejo Nacional de Estupefacientes para que este adopte las decisiones pertinentes.
Ahora, el decreto que prepara elGobierno de Gustavo Petro tiene solo un artículo y lo que hace es derogar, es decir, tumbar el decreto de 2021. La razón es que el nuevo mandatario decidió no usar la aspersión aérea con el herbicida y la norma ya no tiene sentido.
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“Que la posición actual del Gobierno nacional frente a la aspersión aérea ha cambiado y se decidió no hacer uso del herbicida glifosato en método de aspersión aérea para la erradicación de cultivos ilícitos, razón por la cual, los asuntos regulados por el Decreto 380 de 2021 pierden su objeto, y, por tanto, debe procederse a su derogatoria”, señala la exposición de motivos.
Concluye, adicionalmente, que “el Gobierno nacional considera que la lucha contra el narcotráfico y el control de cultivos ilícitos, no pude dejar de lado la protección de los colombianos respecto de los riesgos en su salud y afectaciones al medio ambiente, así como salvaguardar los derechos fundamentales de la población víctima del conflicto armado, las comunidades y los campesinos”.
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