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Gobierno alista decreto que beneficiaría a docentes con cambios en la jornada escolar

El Ministerio de educación, publicó un borrador de decreto que modifica artículos del Decreto 1075 de 2015, el cual establece el reglamento único del sector de educación.

Clases.
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AFP.

Las nuevas disposiciones sobre la jornada laboral de los docentes en las instituciones de educación estatal han generado expectativas y discusiones. El borrador de decreto recientemente publicado para comentarios por parte del Ministerio de educación establece cambios en la forma en que se organizarán las horas de trabajo en las escuelas, enfocándose en la asignación académica y en el cumplimiento de actividades curriculares complementarias.

Según el documento, la jornada laboral de los docentes de aula será de seis horas diarias continuas, que deberán ser distribuidas por el rector o director de la institución.

Además, la jornada completa de trabajo será de ocho horas diarias, de las cuales dos horas estarán dedicadas a actividades autónomas. Este nuevo esquema tiene como objetivo dar un orden claro al tiempo de permanencia del docente dentro del establecimiento educativo, sin afectar la calidad de la enseñanza.

Un aspecto destacado del decreto es la integración del "descanso pedagógico", que, en lugar de ser un espacio de descanso sin más, será considerado una actividad pedagógica dentro del desarrollo curricular.

Además, el borrador establece que al menos el 80% del tiempo de clase debe ser dedicado a las áreas fundamentales y obligatorias del currículo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 115 de 1994.

En el caso del nivel preescolar, se especifica que los docentes deberán impartir, como mínimo, 20 horas semanales de trabajo directo con los estudiantes, distribuidas según lo decida el rector.

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Otro cambio relevante es la organización del tiempo en las instituciones que funcionan con dos jornadas escolares. En estos casos, las seis horas continuas de trabajo docente se repartirán en una de las jornadas (mañana o tarde), sin que ello implique una extensión del tiempo de permanencia en el establecimiento ni altere la asignación académica de los profesores.

El decreto, en caso de ser aprobado, entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

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