El Consejo de Estado decidió no declarar nula la elección de la gobernadora, la sección quinta del Consejo de Estado acaba de tomar la decisión en Bogotá, en esta decisión única instancia se determinó desestimar la demanda en contra de la mandataria tolimense, con la que se buscaba tumbar su elección que la llevó al primer cargo del departamento, convirtiéndose en la primera mujer en llegar a este cargo.
Fuentes cercanas al palacio de Gobierno Departamental, indicaron que el magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, como ponente, llegó a la reunión con el borrador de la sentencia en favor de la gobernadora del Tolima, toda vez que con la figura de sentencia anticipada y luego de un estudio juicioso de los elementos materiales de prueba, se tomó la decisión, el texto de la sentencia será conocido por la opinión pública en las próximas horas.
¿Por qué se adelantó en proceso contra la gobernadora del Tolima?
El argumento base en contra de Adriana Magali Matiz Vargas, se fundamentó en una violación a la norma electoral, al manifestar en público, un apoyo político al ex alcalde de Honda, y quien aspiraba a la Asamblea del Tolima, Juan Guillermo Beltrán Amórtegui, en un evento privado, en una casa de familia realizado en el municipio de Natagaima.
Recordemos que para el momento Matiz Vargas, tenía en aval principal del partido Conservador, por su parte Beltrán Amórtegui, aspiraba a la Duma, por Cambio Radical, una colectividad distinta, pero es de resaltar que para las elecciones regionales del mes de octubre de 2023, existía ya un contrato de coalición, con este partido en cabeza de Germán Vargas lleras.
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La prueba reina pesaba en un video, donde se grabó a la candidata Matiz, en 2023, anunciando el respaldo a Beltrán, el cual la defensa de la hoy gobernadora logró desvirtuar esta misma ya que había sido manipulado y editado.
Finalmente El Consejo de Estado, en una decisión anticipada, respaldó la legalidad de la elección de Adriana Magali Matiz Vargas y desestimó las pruebas de la parte demandante. El fallo es de única instancia y por tanto no procede ningún tipo de recurso para la parte demandante.