La Corte Constitucional se abstuvo de pronunciarse sobre la ley que declaró patrimonio cultural de la Nación la temporada taurina que se desarrolla en la ciudad de Manizales , que fue promulgada en el año 2006 al considerar que la demanda no fue suficientemente sustentada luego que fuera interpuesta por un grupo de animalistas ante el alto tribunal.
"La demanda se construyó a partir de afirmaciones genéricas y abstractas que no lograron demostrar cuál es la vulneración concreta a la Constitución y se estructuró a partir de una lectura personal, subjetiva y propia de las disposiciones legales cuestionadas", indicó el documento.
En otro de los argumentos de la ponencia se indicó: "La demanda no logró despertar una duda razonable que habilitara a este tribunal para avanzar en el control de constitucionalidad de las disposiciones acusadas”.
La magistrada Diana Fajardo salvó el voto al considerar que "las normas demandadas sí desconocen el mandato de protección a los animales, al igual que el deber de evitar el sufrimiento de los animales en las corridas y otros eventos similares".
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Con esta determinación, la ley se mantiene como está promulgada y aclaró que el Congreso tiene la facultad de prohibir o eliminar las corridas de toros en el país.
Cabe recordar que, en el Congreso de la República, la senadora Esmeralda Hernández presentó un proyecto de ley que busca prohibir este tipo de espectáculos en el país.
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Con esta decisión por el momento el espectáculo no se afecta en al ciudad de Manizales y la temporada del 2024 se puede asignar sin ningún inconveniente.
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