Después de la declaración de la Corte Constitucional que declaró inexequibles algunas disposiciones del Decreto de Ley 1961 de 2023, el Ministerio de Transporte afirmó que la sentencia no afecta la existencia, proyectos ni facultades del Instituto Nacional de Vías Regionales.
Incluso se aclaró que la facultad de contratar de manera directa con las comunidades, juntas de acción comunal y afrodescendientes no depende de las disposiciones eliminadas, puesto que ahora están respaldadas por las Leyes 2160 de 2021 y 2166 de 2021, que aún están vigentes.
Dentro del comunicado, el Ministerio de Transporte aclaró que: “La contratación deberá regirse por el Estatuto General de Contratación y demás normas complementarias de la contratación directa y por las excepciones previstas en la normativa vigente”.
En relación al programa de caminos comunitarios de la paz total, el Ministerio de Transporte señaló que esta decisión de la Corte no comprende los avances de ejecución, en los que ya se han firmado más de 1.000 convenios este año, con inversiones de más de 400.000 millones para la mejora de 1.585 kilómetros distribuidos en 29 departamentos.