Un nuevo debate se abre en la Corte Constitucional por cuenta de una demanda que pide extender el derecho de la licencia de maternidad a hombres trans y no binarios en estado de embarazo.
La Liga de Salud Trans y la Universidad del Norte presentaron una demanda de inconstitucionalidad el pasado 16 de diciembre de 2022, buscando extender el acceso a esta licencia, que en Colombia corresponde a un permiso remunerado, lo harán por 18 semanas.
Actualmente, la norma demandada otorga el derecho a una licencia remunerada solo a "mujeres", "madres" y "trabajadoras".
Según la demanda, la norma usa exclusivamente términos femeninos para determinar las personas beneficiarias de dicha licencia a cargo del sistema de seguridad social, lo que excluye de su protección a los hombres trans y personas de género no binario en estado de embarazo. Esto, según la demanda, viola el derecho a la igualdad.
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"La ausencia de una regulación incluyente que proteja las decisiones reproductivas de las personas trans, la vida de sus bebés y el cuidado de sus experiencias de parto y posparto vulnera los principios de igualdad, solidaridad y equidad del sistema de seguridad social", señalaron los demandantes.
Aseguran que cuando los hombres trans o personas no binarias acceden a la licencia son leídos como mujeres porque cuando presentan la solicitud de la licencia, el sistema entiende que la están solicitando como mujeres, por lo que no se tienen cifras claras de esta población.
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"Que las autoridades capturen información estadística que permita establecer las condiciones de acceso de las personas trans a la licencia en época de parto. Los sistemas de información no permiten identificar cuántas solicitudes de licencia son presentadas por hombres trans y personas no binarias", sostienen.
Licencia de maternidad debe cobijar también a hombres trans y personas no binarias: Procuradora
Frente a este debate que se dará en la Corte Constitucional , la procuradora General de la Nación envió un concepto en el que señala que las licencias de maternidad deben ser iguales para todas las personas con capacidad de gestación, incluyendo a los hombres trans y a los individuos de género no binario.
Argumenta que la regulación actual en el Código Sustantivo del Trabajo solo ampara a las personas que se identifican como mujeres, excluyendo a otros grupos, lo que puede derivar en discriminación.
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Además, indica que esta exclusión desconoce el deber del Congreso de garantizar el derecho a la seguridad social a todos los habitantes del territorio nacional y otorgarles protección del Estado sin discriminación por razones de género.
La procuradora señala que el lenguaje del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo sí restringe el acceso a los beneficios de la seguridad social de estas poblaciones.
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La última palabra la tendrá la Corte Constitucional.
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