El director General de Migración Colombia , Juan Francisco Espinosa Palacios, explicó que, si bien ya hay fallo judicial que ordena la suspensión de la exigencia de prueba PCR para los viajeros que ingresan a Colombia desde el exterior, es necesario que el Ministerio de Salud , como autoridad sanitaria, emita una resolución de la fecha y la forma en la que se materializará dicho fallo.
“El tribunal administrativo de Cundinamarca revocó el fallo de tutela que establecía la obligatoriedad de PCR para ingreso a territorio nacional. Sin embargo, la materialización de esa decisión se da por parte de una resolución del Ministerio de Salud, la cual se encuentra en elaboración para ser proferida”, aseguró Espinosa.
Mientras esto sucede aclaró el director General de Migración Colombia, que los viajeros que lleguen del exterior tienen tres opciones para ingresar al país:
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- Realizarse una prueba PCR con 96 horas de antelación al viaje y presentar su resultado negativo a las autoridades de salud y migratorias colombianas.
- Ingresar al territorio nacional y cumplir una medida de aislamiento obligatorio en su lugar de destino final por 14 días.
- Ingresar al territorio nacional, acatar la medida de aislamiento obligatorio y salir del mismo realizándose una prueba PCR en el territorio nacional, cuyo resultado sea negativo.
En lo corrido de este año han ingresado al país más de 400.000 viajeros, 65% de ellos colombianos.