El pasado 11 de agosto la JEP determinó que el exdirector del Centro Nacional de Memoria Histórica, Darío Acevedo, no cumplió con la orden de no presentar ni modificar la colección "Voces para Transformar a Colombia", después de algunas denuncias de las víctimas, según las cuales, Acevedo habría intervenido la colección sin su consentimiento, incluso, algunas organizaciones consideraban que quería omitir el fenómeno paramilitar.
"Es necesario realizar un llamado de atención al señor Rubén Darío Acevedo, destacando la importancia de la institución que dirigía para la garantía y materialización de los derechos de las víctimas, por lo que un ejercicio profesional en dicho escenario obligaba a una actuación especialmente ejemplar, recta y consecuente que aquí fue eludida por el incidentado”, señaló en su momento la JEP.
Sin embargo, Acevedo apeló la decisión al considerar que el incumplimiento del cual lo acusaban se dio antes de que se emitiera la orden de la JEP. Además, sostuvo que la colección ha sido protegida tal cual como se ordenó, este recurso para la justicia transicional es improcedente ya que no pudo comprobar, como él decía, que la decisión había sido subjetiva, por el contrario, se ratificó que hubo un incumplimiento de su parte.
Publicidad
"En tal sentido, destaca la sección de manera inicial que ratificará en su integridad la decisión recurrida, pues además de haberse determinado ajustada a la legalidad, los argumentos esbozados por el peticionario carecen de la suficiencia requerida para acceder a su aspiración", puntualizó la JEP.
Le puede interesar:
Publicidad