El divorcio incausado elimina la obligación de demostrar una razón específica, lo que significa que no es necesario argumentar motivos como la infidelidad o el maltrato para pedir la disolución del matrimonio . Con solo la decisión de uno de los cónyuges de no querer continuar con la relación, la separación puede llevarse a cabo, un cambio importante frente a las leyes previas que exigían el acuerdo de ambas partes.
Aunque ya no se requiere el consentimiento del otro cónyuge, sí es indispensable la contratación de un abogado o apoderado para presentar la demanda. El proceso no es automático, y el abogado será quien se encargue de redactar y presentar la solicitud formal ante el juez. En este documento, además de la petición de divorcio, se deben abordar temas importantes como la división de bienes, la pensión alimentaria, y, en caso de haber hijos, la custodia y el régimen de visitas.
La solicitud de divorcio no solo se presenta ante la autoridad judicial, sino que también debe ser notificada a la otra parte. Esta notificación es un requisito legal que informa al cónyuge sobre el inicio del proceso de separación. De este modo, aunque uno de los cónyuges no esté de acuerdo con la decisión, la ley le permite a la otra persona avanzar en su proceso de divorcio.
¿Cómo solicitarlo?
La representante Katherine Miranda , autora de este proyecto, explicó cuál será el paso a seguir para los colombianos que ya no quieran seguir con su matrimonio.
Primero, afirmó que se debe presentar la demanda de divorcio ante un juez de familia, con una propuesta que regule los efectos del divorcio. Segundo, el juez evaluará la solicitud y garantizará los derechos de ambas partes, incluyendo la repartición de bienes en común, la manutención de los hijos si los hay y otros derechos patrimoniales que deban protegerse. Tercero, el juez emitirá una sentencia con el fallo definitivo del caso. Si el matrimonio o si fuera religioso también se puede acoger a esta causal, en este caso el proceso se llama cesación de efectos civiles del matrimonio religioso y el proceso es exactamente el mismo. Y si no está casado, pero lleva más de dos años con su pareja que es unión marital, de hecho puede también solicitarlo ante un juez de familia la liquidación y repartición de la sociedad patrimonial.