En una sentencia de 23 páginas, el Tribunal Superior de Barranquilla dio sus argumentos para aumentar la pena deRamón Navarro , exgerente de Triple A, a quien también pidió revocar la prisión domiciliaria con la que lo habían beneficiado.
Así las cosas, se ordenó su traslado de manera inmediata a una cárcel.
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El magistrado de la Sala Penal Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, modificó la decisión del Juez Único Especializado de Barranquilla y le aumentó la condena a Navarro de 55 meses a 190 meses de prisión como responsable de los delitos enriquecimiento ilícito de particulares, administración desleal y falsedad en documento privado.
Así mismo, fue condenado a pagar una multa de 50.000 salarios mínimos mensuales.
En la misma decisión le revocó el beneficio de casa por cárcel y le ordenó al Inpec su traslado inmediato a un establecimiento carcelario por considerar que su edad no es suficiente para no pagar por sus delitos tras las rejas.
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El solo cumplimiento de una edad igual, o mayor a 65 años, no genera automáticamente la concesión del beneficio, sino que le asiste al juzgador la obligación de considerar los aspectos relacionados con la personalidad, naturaleza y modalidad del delito para saber si la decisión de que cumpla la pena en su residencia es aconsejable
Incluso, resalta el magistrado que las conductas que cometió Navarro fueron graves y afectaron a miles de personas a quienes Triple A les prestaba el servicio de público de agua potable, acueducto y alcantarillado.
Es la naturaleza grave y la modalidad dolosa de gran intensidad que operó en la comisión de las conductas punibles la que no hace aconsejable que esa sustitución sea otorgada a Ramón Navarro Pereira quien, a juicio de la Sala, deberá cumplir con la pena impuesta intramuros para lograr las funciones de prevención general y retribución justa por los hechos cometidos y aceptados por este
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“Además, no se logró el reintegro de las cuantiosas sumas de dineros – ($23.379.761.912 por órdenes de pedido ficticias y $4.500.000.000 por falsos contratos de servicios profesionales)- que salieron de las arcas de Triple A S.A. E.S.P., que no se puede perder de vista es la empresa que presta a miles de personas el servicio público esencial de agua potable, acueducto y alcantarillado en la costa norte colombiana”, sentenció el Tribunal.
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