El alto tribunal ratificó lo dispuesto en la Ley 911/2004 sobre estos procedimientos y consideró que los enfermeros y enfermeras podrán objetar conciencia aduciendo convicciones morales y religiosas.
Según Santamaría, en las últimas sentencias proferidas por la Corte sobre estos dos procedimientos, “los médicos habían entendido que la objeción de conciencia era únicamente para ellos”; es decir, “solamente los sujetos activos de este derecho eran las personas que intervenían directamente en el proceso”, no para los profesionales de enfermería, que sentían que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
Publicidad
Si bien ahora se da alcance en derecho a todos los profesionales en salud que intervienen en estos procedimientos, la Asociación Nacional de Enfermería de Colombia, las facultades y los tribunales, siguen atentos a la forma en que se de cumplimiento en cada caso la sentencia.
Ante la preocupación de que no exista personal de apoyo para realización de los procedimientos por esta causa, Santamaría aseguró que “las objeciones de conciencia tienen un procedimiento especial y el profesional debe demostrar sus razones religiosas, creencias, ética”, o en su defecto no podrá negarse.
Al tiempo aclaró que habrá que esperar cómo se desarrollan los casos, ya que a la fecha son muy pocas las eutanasias practicadas en el país.
Publicidad