El 29 de mayo la población colombiana irá a las urnas para elegir por votación al próximo presidente de la República, jornada para la que recientemente se conoció la posición de cada uno de los candidatos en el tarjetón.
Esta jornada contará, como todas las elecciones, con el acompañamiento de miles de personas que son designadas como jurados de votación, labor obligatoria y que, según la Registraduría, tiene únicamente tres excusas legales para no ser cumplida, de acuerdo con el artículo 108 del Código Electoral.
Según reseña la Registraduría en su página web, el primer motivo que autoriza a una persona seleccionada como jurado para no acudir es que esa persona, su conyugue, padre, madre o hijo, presente una enfermedad grave.
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Luego, como segunda razón legal para excusarse de la responsabilidad de ser jurado de votación, está también el fallecimiento de su conyugue, padre, madre o hijo, siempre que esta ocurra o el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a la jornada de votación a la que la persona fue seleccionada como jurado.
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Finalmente, también están exonerados de ser jurados de votación en cualquier jornada de elecciones los menores de 18 años.