El voto en blanco ha sido uno de los protagonistas más comunes durante las elecciones más recientes en todo el país y es una de las opciones que miles de personas marcan a la hora de sufragar en su mesa.
De acuerdo con las autoridades, y según la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional, el voto en blanco es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos”.
“El voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular”, precisa la sentencia.
Ante esto, es necesario saber que el voto en blanco ganará si obtiene la mayoría de la votación en los comicios, es decir, si esta opción supera la cantidad de votos que recibieron los candidatos que están en un tarjetón.
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“Si usted el día de la elección quiere votar en blanco, debe marcar únicamente la casilla o la zona de marcación del voto en blanco”, indica la Registraduría Nacional en su página web.
En el caso que gane el voto en blanco, se deberán hacer nuevas elecciones con nuevos candidatos, diferentes a los que estaban en el primer tarjetón.
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Además, la misma sentencia C-490 e 2011 precisa que la inscripción de candidatos para la nueva elección se realizará dentro de los diez (10) días calendario contados a partir del día siguiente a la declaratoria de resultados por la correspondiente autoridad escrutadora.
Cabe resaltar que es falso el mito que asegura que el voto en blanco se suma al candidato con la mayor votación, pues el voto en blanco se contabiliza independientemente, al igual que se hace con los sufragios alcanzados por cada candidato.
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