La representante Katherine Miranda es una de las voces que expresó su preocupación por los riesgos que supone la nuevaley de jurisdicción agraria. Según comentó en Mañanas Blu, con Néstor Morales, una de sus principales objeciones es la inclusión de “la expropiación como una función social” para cualquier predio con vocación agrícola.
Miranda señaló que, actualmente, la Constitución “garantiza la propiedad privada como pilar de la democracia en el país”, permitiendo la expropiación, siempre y cuando, sea para funciones sociales específicas. Sin embargo, la nueva ley amplía esta categoría de función social a todo lo relacionado con el tema agrario, lo que podría llevar a la expropiación de terrenos sin justificación suficiente.
"Eso qué significa en plata blanca. Cuando usted va a construir el metro de Bogotá, va a construir una carretera o un puente, se puede expropiar. El Estado puede expropiar, ¿por qué? Porque le va a servir a una comunidad, porque nos va a servir absolutamente a todos. Acá lo que están poniendo en el artículo cinco numeral cuatro, es que están elevando a categoría de función social todo lo que tenga que ver con el tema agrario. O sea, cualquier predio que tenga vocación agrícola puede ser susceptible de expropiación. Eso, a mi juicio, es absolutamente grave”, aseveró.
Sostuvo que, incluso, ese fue “el ‘mico’ que trató de meter el Gobierno” durante el Plan Nacional de Desarrollo, pero ahora lo está haciendo, según dijo, de forma más “sofisticada” y a través de la jurisdicción agraria.
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Otro punto preocupante es la resolución de diferencias en los procesos agrarios especiales. Según recalcó, el proyecto propone que la Agencia Nacional de Tierras sea la encargada de resolver estas diferencias a través de un acto administrativo, sin un control judicial previo. Esto vulnera el debido proceso y el derecho a la defensa de los poseedores de tierras, subrayó.
"Actualmente eso se dirime a través de un juez de la República. De hecho, en la en la ley 902, sino me falla la memoria, del 2017, se determinó que era un juez de la República. Ahora lo que busca el artículo 12 en el parágrafo uno es que efectivamente haya una expropiación administrativa, que estos litigios y estos procesos, bien sea con personas naturales o jurídicas, sean resueltos por la Agencia Nacional de Tierras mediante un acto administrativo. Es lo que nosotros llamamos expropiación administrativa, pero dice que puede haber un control posterior judicial. Esto es absolutamente grave porque va a suceder la expropiación y posteriormente usted puede ir ante un juez", explicó.
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La representante Miranda destacó que el proyecto de ley salta la consulta previa y otorga facultades extraordinarias al presidente Gustavo Petro para realizar una consulta posterior en un plazo de seis meses. Esto va en contra de la Constitución y representa, añadió, una falta de respeto hacia las comunidades que serían afectadas por la ley, por lo que pidió prestarle atención porque afecta a muchas personas en el país. Añadió que los congresistas “no se pueden prestar” para aprobar eso.