La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó que el Estado colombiano no tiene ninguna responsabilidad en la demanda que había sido interpuesta en su contra por varias víctimas del atentado terrorista al Club El Nogal , perpetrado el 7 de febrero de 2003 por la guerrilla de las Farc.
El alto tribunal dictó la sentencia de reemplazo el 5 de diciembre de este año, absolviendo de responsabilidad al Ministerio de Defensa, a la Policía, al Ministerio del Interior, la Fiscalía y el DAS, al considerar que “ninguna de estas entidades públicas tuvieron incidencia causal en la producción del daño”.
Hay que recordar que la Corte Constitucional en sentencia 353 de 2020, dejó sin efectos la sentencia del Consejo de Estado que inicialmente había condenado al Estado, pero en virtud de una acción de tutela se logró dejar si efectos.
La Defensa Jurídica del Estado explicó que esta decisión se dio luego de “evidenciarse que desconoció el precedente judicial fijado por la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado frente a casos de responsabilidad estatal por actos violentos perpetrados por terceros”.
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El Consejo de Estado en el nuevo fallo precisó que “no puede condenarse al Estado por su sola existencia”, determinando que ninguna entidad pública demandada tuvo participación de los hechos ni por acción ni por omisión.
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