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El consumo de drogas es causal de divorcio, según la Corte Constitucional

Según lo establecido por el alto tribunal, el cónyuge no consumidor de sustancias alucinógenas o estupefacientes puede solicitar el divorcio, pero no podrá reclamar el pago de alimentos ni la revocatoria de las donaciones que hubiere hecho al cónyuge consumidor por causa del matrimonio.

Drogas referencia
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Foto: AFP

En este caso, la Corte Constitucional decidió declarar condicionalmente válido el numeral 5 del artículo 154 del código civil, que se refiere al uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, a menos que sea bajo prescripción médica.

La medida además busca armonizar los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad de ambos cónyuges, como, por ejemplo, en el caso del no consumidor indicó la alta corte que este no puede ser obligado a mantener el vínculo matrimonial cuando la conducta de la pareja sea incompatible con su proyecto de vida.

“Los argumentos analizados en el segundo apartado resaltaron el estrecho vínculo que existe entre el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la decisión de conformar una familia a través del matrimonio”, expresa el documento de la Corte.

En el caso del consumidor, dice la corte que, no puede ser sancionado por llevar a cabo un “comportamiento no interferido”, expresión que designa aquellas conductas que, por el hecho de no inferir daño a ninguna persona distinta a la de quien las ejecuta.

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“Si bien no parece adecuado concebir las modalidades de consumo de sustancias psicoactivas como compartimentos estancos, lo cierto es que la ciencia médica traza una separación conceptual entre el consumo habitual y otras modalidades. Las razones recién expuestas permiten concluir que aquellas otras manifestaciones del uso de sustancias psicoactivas particularmente, las asociadas al uso problemático y abusivo, encuentran una regulación diferente en el ordenamiento, pues en ellas sí se produce una afectación de los derechos de los demás”, expresa la decisión.

Así las cosas, con este fallo de la Corte Constitucional sobre la decisión que condicionó como causal de divorcio el uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, se deja claro también que, se hace con el fin de mantener la armonía entre los cónyuges.

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