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Dueño de vehículo puede ser sancionado si incumple SOAT o revisión tecnomecánica: C. Constitucional

Así sea una persona diferente la que iba manejando al momento de una infracción, el propietario del vehículo es quien debe responder, de acuerdo con el fallo.

SOAT carro.jpeg
SOAT
Foto: AFP, referencia

La Corte Constitucional determinó que el propietario de un vehículo automotor sí podrá ser sancionado si se evade el pago del Seguro Obligatorio y no cumple con la revisión tecnomecánica.

De acuerdo con el fallo, el propietario no podrá desligarse de su deber de adquirir el SOAT para disminuir la siniestralidad y amparar, de esa forma, a las víctimas de los accidentes de tránsito, así sea una persona diferente la que iba manejando al momento de cometer la infracción.

Del mismo modo, el propietario deberá responde siempre y cuando se demuestre su culpa cuando circula por lugares y en horarios que estén permitidos; exceder los límites de velocidad y no respetar la luz roja del semáforo.

La norma, artículo 10 de Ley 2161 de 2021, que fue estudiada por la Corte no contemplaba en su redacción que fuera probada la culpa del propietario del vehículo automotor que incurrió en las mencionadas infracciones de tránsito; por esta razón fue condicionada la norma.

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