Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Destituyen a cuatro militares por violación a derechos humanos en la ‘Operación Alacrán’

Los miembros del Ejército dispararon su arma de dotación contra tres civiles que resultaron muertos, entre ellos una menor, en medio de la 'Operación Alacrán'

Militares, soldados, Ejército
Militares, foto de referencia
Foto: Blu Radio

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 16 años a cuatro militares adscritos al grupo ‘Sombra 3’ de la unidad ‘Agope Puma’ de la Brigada Móvil No. 1 del Ejército Nacional, por infracciones al Derecho Internacional Humanitario, durante la operación militar ‘Alacrán’ que se llevó a cabo en la vereda Bocana del Chigüiro, zona de litigio entre Meta y Caquetá .

El ente de control comprobó que sin que se presentara enfrentamiento, el cabo segundo, Hugo Alberto Arévalo Landinez; y los soldados profesionales, Jhonny Mosquera Pastrana, Yeferson Lizcano Duque y Carlos Arturo Villamil Parra dispararon su arma de dotación contra tres civiles que resultaron muertos, entre ellos una menor, sin verificar previamente y distinguir si estos ciudadanos eran combatientes o personas internacionalmente protegidas.

“Los militares no comprobaron si las personas que murieron violentamente estaban participando directamente en las hostilidades, o si se encontraban en un enfrentamiento o en cualquier otra circunstancia que indicara que podrían ser miembros de un Grupo Armado Ilegal y, por tanto, podían ser catalogados como objetivos militares para atacarlos indiscriminadamente”, señalaron.

Según la Procuraduría, los miembros del Ejército tenían pleno conocimiento de que esa misión debía adelantarse con total acatamiento de las normas y principios del DIH, pues así lo establecía la Orden de Operaciones 035 y, además, conocían las reglas de uso de la fuerza para repeler una agresión en contra de la vida de quienes integraban su unidad o la de un tercero.

Publicidad

La falta de los militares fue calificada como falta gravísima a título de culpa gravísima, por violación de reglas de obligatorio cumplimiento.

Publicidad

  • Publicidad

Publicidad