En el decreto también se establece que el asbesto y los productos elaborados con este material que hayan sido importados e instalados antes del 1 de enero de 2021 serán sustituidos.
Además a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto.
Aquellas personas que continúe con la explotación, producción, comercialización, importación, distribución y/o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este será sancionada económicamente.
De otro lado, en el documento se aclara que las autoridades administrativas y de control deberán actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos elaborados con este material no ocurran en el territorio nacional.
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Con la ley 1968 o ley ‘Ana Cecilia Niño’ se da un homenaje a la periodista que batalló varios años contra el uso de este material, el cual le causó un cáncer en los pulmones. Ana Cecilia desarrolló esta enfermedad por vivir durante 17 años en Sibaté, cerca de una fábrica que utiliza el asbesto y que almacenaba tejas al aire libre.