La decisión de negarle la casa por cárcel a Enilce López Romero, alias ‘La Gata’, condenada a 37 años de prisión por el delito de homicidio, fue tomada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
En dicha decisión, el alto tribunal negó la acción de tutela que fue presentada por los abogados de la polémica empresaria del chance, con la que los defensores de La Gata, pretendían anular la decisión del juez sexto de ejecución de penas de Barranquilla, de enviarla a un pabellón médico en un centro de reclusión.
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En este fallo judicial también quedó claro que si bien se revocó la prisión domiciliaria también se dispuso que en caso de no existir en el centro de reclusión para mujeres donde debe estar alias ‘La Gata’, con las recomendaciones médicas establecidas por informes clínicos y forenses, se supedita el traslado de la mujer condenada hasta tanto el Inpec adecue el pabellón especial para la polémica empresaria del chance.
Los abogados habían requerido a la Corte que se le tutelaran los derechos a “la vida, integridad personal, salud y dignidad” de López Romero, por su estado de salud y en virtud de que esta continuara en casa con el tratamiento médico de “Home Care”, por enfermedad grave.