La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme las celebraciones de Semana Santa en Envigado, Antioquia y Pamplona, Norte de Santander al advertir que no se vulneraban los derechos de las personas que profesan distintas religiones.
El alto tribunal consideró que, si bien el Estado colombiano es laico, las celebraciones de la Semana Mayor no afectan ese principio porque son expresiones culturales.
Para el presidente de la Corte Constitucional, el magistrado Alejandro Linares, deben avalarse esas celebraciones “en la medida en quese evidencia ante la Corte que el elemento cultural es el predominante y no el religioso”.
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El alto tribunal ratificó que, si bien la Semana Santa ha sido de origen religioso, con el paso del tiempo se ha vuelto una expresión cultural que debe ser protegida y apoyada por la Nación.
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Dentro de la demanda se había advertido que además de atentar contra los derechos de quienes profesan otras religiones, el Estado no debía apoyarlas económicamente.
“Que obligar a la administración municipal a coparticipar, al lado de la Arquidiócesis de Pamplona, en la organización de dicho evento, implica que el Estado debe administrar una celebración de tradición exclusivamente religiosa, lo cual viola el principio de separación entre las iglesias y el Estado”, señalaba la demanda.
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