La Corte Constitucional se refirió al caso que se adelanta por la muerte del joven Nicolás Neira durante manifestaciones.
Esta corte decidió que el Juzgado Noveno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, es la autoridad competente para conocer de la investigación adelantada en contra del mayor en retiro Fabián Mauricio Infante Pinzón por el delito de favorecimiento, dentro del proceso por la muerte que un agente del ESMAD le ocasionó en 2005 a Neira durante las marchas del Día del Trabajo.
Precisamente, en marzo pasado la juez encargada dio a conocer el sentido del fallo condenatorio contra el oficial, sin embargo, hasta ahora no se conoce el monto de la pena.
Tanto la defensa como un juez de instrucción penal militar le pidieron a la Corte asignarle el caso a esta jurisdicción teniendo en cuenta que la muerte del menor de 15 años se produjo como consecuencia de un acto propio del servicio.
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Cabe recordar que el oficial trató de desviar las investigaciones que daban cuenta que el agente Néstor Julio Rodríguez disparo de un agente del ESMAD y por esos hechos, el mayor en retiro fue condenado en marzo.
“Sin el homicidio, no hubiese podido configurarse el delito de favorecimiento. Por lo tanto, la actuación del investigado no tuvo realmente origen en el ejercicio de una orden relacionada con el servicio, como lo afirma el Juzgado Penal Militar de Primera Instancia de la Dirección General de la Policía Nacional, sino en una conducta delictiva cometida con anterioridad”, señaló la Corte Constitucional.
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