Con una votación de 8 magistrados a favor, la Corte Constitucional declaró inexequible la ley 1951 de 2019, mediante la cual se creó el Ministerio de Ciencia y Tecnología , porque no se cumplieron los requisitos legales legislativos y dio un plazo al Congreso de la República hasta junio de 2023, para que subsane o corrija el trámite.
De no acatarse el plazo antes mencionado, el Ministerio de Ciencia y Tecnología quedaría sin piso legal.
A juicio de los demandantes, en el trámite legislativo que culminó con la expedición de la ley demandada se desconoció lo dispuesto por el inciso 2° del artículo 154 de la Constitución, dado que el proyecto de ley no fue presentado a iniciativa del Gobierno Nacional y, además, la ley no reguló la estructura orgánica del Ministerio de Ciencia.
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La Corte Constitucional consideró prudente dar este plazo para que la decisión no afecte la estructura y funcionamiento del Ministerio de Ciencia y Tecnología.