Por decisión unánime en la Sala Plena, la Corte Constitucional dio vía libre al Acuerdo de Escazú, declarándolo así como Constitucional y además concluyó la Corte que tanto la fase previa gubernamental, como el proceso legislativo de aprobación sí cumplen los requisitos legales y no hubo vicios de trámite.
En este caso, con la sentencia con ponencia del vicepresidente de la Corte el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, se verificó el cumplimiento de los requisitos formales de validez de la ley y concluyó que tanto la fase previa gubernamental como el proceso legislativo de aprobación del Acuerdo satisfacen los requisitos previstos en la Constitución y la Ley.
Además, la Corte señaló que no era necesario agotar la consulta previa con las comunidades étnicamente diferenciadas, ya que el Acuerdo no abarca una reglamentación específica que afecte directamente a estas comunidades.
En cuanto al estudio material, la Corte Constitucional sostiene que el Acuerdo se ajusta a la Constitución Política, ya que promueve la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales, la participación ciudadana y la garantía de un entorno seguro para las personas defensoras del medio ambiente.
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“Declarar Constitucional el “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe” adoptado en Escazú, República de Costa Rica, el 4 de marzo de 2018”. Expresa la decisión de la Corte.
El presidente Gustavo Petro reaccionó mediante su cuenta de ‘X’ a la decisión adoptada por el alto tribunal: “Felicitaciones a la Corte Constitucional. El Tratado de Escazú es hoy ley en Colombia”, escribió el mandatario.