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Corte Constitucional da vía libre al suicidio médico asistido, pero con condiciones

La demanda que estudiaba la Corte era de una organización que pedía despenalizar el suicidio médicamente asistido (SMA).

Cuidados intensivos
Persona hospitalizada
Foto: AFP, referencia

La Sala Plena de la Corte Constitucional con una votación de seis votos a favor y tres en contra, sacó del Código de Penal la prohibición que pesaba sobre los doctores para asistir a personas que deseen morir con el acompañamiento médico requerido.

La Corte Constitucional le dio luz verde, sin penalización a las personas que buscan por su cuenta, pero asistidos por médicos profesionales, terminar con sus vidas.

Quienes llevaran a cabo esta práctica sometían al médico que los ayudó con la medicación a una pena entre los 16 y 36 meses.

La demanda que estudiaba la Corte era de una organización que pedía despenalizar el suicidio médicamente asistido (SMA). Sin embargo, hay unas condiciones para este procedimiento:

  • Cuando el paciente esté debidamente diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable
  • Cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna
  • Consentimiento del paciente
  • La asistencia la debe prestar un médico

¿Cuál es la diferencia del suicidio médico asistido y la eutanasia?

Según la demanda de constitucionalidad, la eutanasia es un procedimiento que realiza explícitamente un médico, mientras el suicidio asistido consiste en que médico puede recetar un medicamento y al final la misma persona es quien lo consume.

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