En este fallo del alto tribunal ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP), respetar el debido proceso al evaluar los riesgos, realizando estudios cuidadosos, periódicos y técnicamente fundamentados, evitando decisiones que aumenten los riesgos existentes, además, aseguraron que se debe considerar con extrema importancia el Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo.
En el caso de uno de los demandantes, la Corte Constitucional encontró que la reducción de su esquema de protección no fue debidamente justificada ni contextualizada, y ordenó realizar una nueva evaluación de riesgo.
Por otro lado, en el fortalecimiento de su esquema de protección durante el proceso judicial llevó a declarar superada la pretensión.
El alto tribunal enfatiza además en la relevancia de las personas defensoras de derechos humanos en el fortalecimiento del sistema democrático colombiano, reconociendo que su labor se desarrolla en un entorno hostil y peligroso, según informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo .
“Motivar sus decisiones de manera técnica, suficiente y razonable, asimismo, esta entidad debe tener en cuenta el sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y determinar de qué manera los contextos identificados en ellas inciden en la valoración del riesgo de cada caso”, dice la Corte
Esta decisión reafirma la importancia de proteger los derechos de quienes enfrentan amenazas por su trabajo en defensa de los derechos humanos y promueve un marco de garantías para estas labores fundamentales en el país.
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