La JEP acusó al coronel en retiro Juan Carlos Figueroa por su presunta responsabilidad en más de 30 casos de falsos positivos que se presentaron mientras Figueroa comandó el Batallón La Popa, con sede en Valledupar, entre 2004 y 2005.
El coronel envió un documento a la JEP con el cual busca la nulidad de la acusación en su contra. También presentó solicitudes de aclaración o correcciones al escrito de acusación y realizó solicitudes probatorias.
“Afirmó que se presentó una violación al debido proceso y al derecho de defensa, por cuanto, en su criterio, existe una ‘imprecisión, vaguedad, frente a los hechos jurídicamente relevantes, siendo este punto uno de los más importantes a estructurar, ya que, a partir de allí, no solo se deduce la calificación jurídica, sino que se determina la estrategia de defensa’. Al respecto, tanto los hechos jurídicamente relatados en el Auto 128 de 2021 como los insertados en el escrito de acusación no satisfacen los presupuestos legales, por lo cual no se puede entender de manera precisa ‘cuáles son los hechos, cómo esos hechos se enmarcan dentro de cada conducta delictiva y, de tal forma, poder ejercer, de manera adecuada, su defensa estructurando una teoría del caso que en efecto se oriente a desvirtuar los hechos y, en consecuencia, a dejar sin sustento la calificación jurídica’”, explicó la JEP sobre las solicitudes de Figueroa.
La defensa del coronel también aseguró que al compareciente se le está “sorprendiendo” con las atribuciones de responsabilidad diversas a las señaladas en el auto de determinación, y asegura que su representado nunca fue investigado en la justicia ordinaria por los hechos.
Por su parte, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad encontró que hay una relación entre los hallazgos de la Sala de Reconocimiento, que imputó a Figueroa, y la Unidad de Investigación y Acusación, que acusó al coronel por los casos de ejecuciones extrajudiciales.
“No existe vulneración a los derechos de defensa y debido proceso, pues existe una evidente continuidad en las circunstancias de modo, tiempo y lugar entre las actuaciones de la Sala de Reconocimiento y la Unidad de Investigación y Acusación, lo cual impide sostener una situación sorpresiva. No existen razones para declarar la nulidad del escrito de acusación, cuando la calificación jurídica propia realizada por la Unidad de Investigación y Acusación está permitida por el ordenamiento transicional y obedeció a una indagación e investigación que produjo tanto mayores detalles como precisiones”, explicó la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad.
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Sin embargo, como el recurso fue interpuesto y sustentado en los términos establecidos, fue concedido, y ahora la Sección de Apelación de la JEP deberá definir el futuro del caso del coronel en retiro Juan Carlos Figueroa.