Aunque el Consejo de Estado ya negó dos recursos para suspender la elección de Alberto Carrasquilla en la junta directiva del Banco de la República, el alto tribunal admitió otras dos demandas que alegan que se violó la paridad de género.
El Consejo de Estado negó dos solicitudes de suspensión de la elección del exministro de Hacienda Alberto Carrasquilla como integrante de la junta directiva del Banco de la República. En esas mismas providencias, la alta corte admitió dos demandas que buscan que se declare la nulidad del acto electoral.
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Para los demandantes, como el exministro reemplazó en el cargo a Carolina Soto, el presidente de la República violó la llamada ‘ley de cuotas’, que obliga a que el 30% de los cargos en entidades estatales sea ocupado por mujeres. Por lo que consideran el reemplazo de Carolina Soto, debió haber sido otra mujer.
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La demanda también dice que el nombramiento viola “el sistema de frenos y contrapesos, pues para él, la Constitución solo le permite al Presidente nombrar a dos de los integrantes de dedicación exclusiva de la junta. Sostuvo que el jefe del Estado ha nombrado a todos los actuales miembros”, por lo que el demandante considera que se genera una concentración excesiva de poder del Gobierno frente al Banco de la República.
El Consejo de Estado negó las solicitudes de suspensión de la elección del exministro porque considera que no hay ninguna falta en la facultad del Gobierno de haber hecho el nombramiento de Carrasquilla.
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Respecto a la supuesta violación de la llamada ‘cuota de género’, la corporación aceptó las demandas para "determinar la manera cómo este principio debe tener cabida”, en casos como este, de funcionarios de período fijo e institucional.
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