Mediante un auto proferido el pasado 7 de junio, la sala cuarta especial de pérdida de investidura, en cabeza del magistrado ponente Pedro Pablo Vanegas Gil, admitió para estudio una demanda solicitando la pérdida de investidura del representante a la Cámara por el Pacto Histórico, David Racero .
Según las pretensiones de los dos demandantes, Yoad Ernesto Pérez Becerra y Jorge Heriberto Moreno Granados, Racero habría incurrido en la violación de topes de campaña, ya que según lo ordenado por el Consejo Nacional Electoral, el monto de ingresos para listas cerradas era de $20.093.516.658, distribuido en los dieciocho candidatos inscritos por la coalición, daba un total de $1.116.306.481 por aspirante.
Sin embargo, Racero reportó en el ingreso de cuentas claras, $2.495.004.888 distribuidos en $1.600.000.000 de pesos de un crédito con la cooperativa Coonfiar; $981.059.040, producto de créditos de particulares; y dos millones de pesos correspondientes a una donación; por lo que Racero estaría vulnerando el régimen de la ley 1474 (régimen de partidos y movimientos políticos) y podría correr el riesgo de perder la curul, así como ya la han perdido por otros motivos ante el Consejo de Estado, varios congresistas del Pacto Histórico , como el embajador en Reino Unido, Roy Barreras, y el actual director de Planeación Nacional, Alexander López.
Racero se defendió señalando que los demandantes no tienen en cuenta que el CNE avaló las cuentas para poder otorgar la reposición de votos y que la demanda está infundada por cuenta de que equipara los topes de candidatos individuales con los inscritos en listas cerradas. “La demanda infundada asimila los gastos de una lista cerrada colectiva donde no se vota por candidatos particulares (y del cual yo era cabeza de lista) como si fuera una lista preferente de candidatos individuales. El CNE avaló totalmente la cuentas presentadas. Esperemos que el Consejo de Estado juzgue en derecho”.
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