Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Colombia Mayor: octavo bono se podrá cobrar a partir de este 30 de agosto

Los bonos podrán ser reclamados hasta el 10 de septiembre en 27.000 puntos habilitados en Colombia.

Adulto Mayor Foto Suministrada.jpg
Adulto Mayor
Foto: Suministrada

Prosperidad Social informó que desde este, lunes, 30 de agosto, 1.690.000 adultos mayores que hacen parte del programa Colombia Mayor, podrán hacer el cobro de los bonos de 80.000 pesos en puntos autorizados por la entidad.

“Estará disponible el ciclo de pago número ocho de nuestro programa a Colombia Mayor para los 1.6 millones de beneficiarios el Gobierno Nacional dispuso de más de 138.000 millones de pesos para esta entrega, que se realizará en todo el territorio nacional a través de los puntos SuRed”, explicó Susana Correa, directora de Prosperidad Social.

Para consultar los 27.000 puntos habilitados en los que se pueden hacer los retiros de los bonos de 80.000 pesos, se puede consultar en la página web de Prosperidad, donde se habilitó el directorio de los sitios de pago por municipio:https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/
“Estos recursos son indispensables para cada adulto mayor beneficiario del programa. Por eso, continuamos trabajando para garantizar la entrega de estos recursos”, aseguró Correa.

¿Cómo se puede acceder al pago de estos bonos?

Publicidad

  • El adulto mayor inscrito en el programa Colombia Mayor puede dirigirse personalmente con su cédula de ciudadanía original al punto habilitado en su municipio o más cercano a su residencia.
  • En caso de que el adulto mayor presente problemas de movilidad, se puede pedir el aval de pago a terceros: las alcaldías municipales y distritales podrán dar aval para que los terceros autorizados por adultos mayores puedan recibir la transferencia del programa.

Para esto, las alcaldías remitirán a las direcciones regionales de Prosperidad Social el listado de los casos avalados para pago.

También se puede otorgar un poder autenticado ante notario o juez: a través de un poder autenticado un tercero autorizado por el adulto mayor beneficiario del programa podrá recibir la transferencia, presentando las cédulas originales del autorizado y del beneficiario y, entregando el poder original, que no puede tener una vigencia superior a 30 días calendario y, la fotocopia de la cédula del adulto mayor.

  • Publicidad

Publicidad