A través de un proyecto de Ley de iniciativa parlamentaria, se busca modificar dos artículos del Código de Procedimiento Penal para endurecer las penas a quienes porten armas de fuego sin el respectivo permiso de la autoridad competente.
Dentro de las cifras que sustenta el proyecto Ley 221 de 2017 está que, según el Instituto Nacional de Medicina Legal, en el 2015 el proyectil de arma de fuego continuó siendo el mecanismo más utilizados para cometer homicidios (71,76%), aunque ligeramente menor que el año anterior (72,68 %).
Teniendo en cuenta lo anterior, y buscando prevenir y disminuir el uso y porte de estas armas por parte de la ciudadanía, el senador Eduardo Enrique Pulgar del Partido de La U, propone modificar los artículos 365 y 366 de la Ley 599 del 2000 para aumentar las penas privativas de la libertad e incluir como agravante la tenencia de armas en lugares de transporte público o de alta afluencia de personas, casos en los cuales se duplicaría la sanción.
La legislación actual prevé una condena de 9 a 12 años de prisión y contempla siete agravantes, entre estos que el arma provenga de un delito, cuando se utilicen medios motorizados y oponer resistencia en forma violenta a los requerimientos de las autoridades. Con las modificaciones propuestas, la pena sería de hasta 16 años.
Adicionalmente, se establece que la pena en los casos de tráfico y porte de armas y municiones de uso restringido de uso privativo de las Fuerzas Armadas será de 15 a 20 años.
Actualizado: abril 11, 2017 04:06 p. m.