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Autorizan expropiación administrativa “para garantizar acceso a la tierra” en el Catatumbo

Otra de las medidas, en materia de créditos, plantea que El Fondo Agropecuario de Garantías otorgará garantías del 100 % a los créditos de los proyectos productivos de los desplazados".

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Catatumbo
Foto: AFP

El Gobierno nacional expidió los tres primeros decretos derivados de la conmoción interior, todos del sector agricultura. En términos generales, estos documentos establecen medidas para garantizar la producción de alimentos en el Catatumbo, plantea la financiación, créditos, alivio de pasivos y la suspensión de cobros judiciales en el sector agropecuario.

El decreto 0108, en su artículo 4, plantea la expropiación administrativa: “autorizar la expropiación por vía administrativa para concluir los procesos en curso de adquisición directa de predios en los programas especiales de dotación de tierras cuando fuese necesario para garantizar los procesos de retorno y estabilización de las víctimas de desplazamiento forzado así como la reincorporación a la vida civil de excombatientes en el marco de la conmoción interior decretada", dice.

Otra de las medidas, en materia de créditos, plantea que El Fondo Agropecuario de Garantías otorgará garantías del 100 % a los créditos de los proyectos productivos de los desplazados". Además, ordena que los bienes inmuebles de vocación agropecuaria o útiles para el almacenamiento de insumos de ese tipo, que estén en poder de entidades o fondos públicos, podrán ser dispuestos como albergues o alojamientos temporales por los desplazados por la violencia.

También, se faculta a la Agencia de Desarrollo Rural para contratar de forma directa la adquisición de todo lo relacionado con bienes y servicios que requiera el sector agro. Por último, el decreto 0106 del 29 de enero plantea medidas en términos de créditos. “Las entidades que hagan parte del sistema nacional de crédito agropecuario adoptarán los programas de refinanciación de las obligaciones contraídas con ellas en favor de las y los campesinos, productores cuya actividad se vio afectada en la zona cobijada con la situación de conmoción interior ”, dice el documento.

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Esto solo aplicará para las obligaciones contraídas antes de la fecha de declaratoria de conmoción interior y el nuevo plazo no podría ser superior al doble del plazo pendiente ni superar los 20 años.

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