Rappi pagará los 1.245 millones de pesos de la multa que le impuso la Superintendencia de Industria y Comercio por violación a los derechos de los consumidores, pero contradijo la mayoría de las conclusiones de la entidad.
La Superindustria encontró que Rappi hizo dobles cobros a sus usuarios, incumplió tiempos de entrega y no tuvo controles suficientes para evitar la venta de licores a menores de edad.
“Rappi no comercializa ni compra para revender los productos y/o servicios que adquieren los usuarios/consumidores, como consumidores finales a través de la plataforma Rappi, por lo tanto, es claro que Rappi no comercializa licores”, indicó la compañía.
Aún así, Rappi dice que modificó su aplicación para incluir la advertencia legal sobre los efectos nocivos del consumo de alcohol para la salud y rechazó que se use su aplicación para llevar licores a menores de edad e inció que revisar que quien recibe el pedido es un adulto es responsabilidad exclusiva de los domiciliarios.
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Como la compañía no se considera a sí misma un vendedor sino un intermediario, su argumento es que no es la directamente responsable ante de los consumidores, pues lo que hace en el mercado de domicilios es poner a disposición una plataforma tecnológica para unir la oferta y la demanda.
“Es importante resaltar que uno de los principales eventos que cuestiona la Superintendencia de Industria y Comercio es el Día de la Madre de 2020, evento que se llevó a cabo en el marco de una pandemia y que generó un incremento de más del 50 % de las órdenes que se solicitan a través de la plataforma Rappi. Adicionalmente, Rappi contactó a los usuarios/consumidores que tuvieron inconvenientes durante dicha fecha para informarles acerca de los inconvenientes tecnológicos que se estaban presentado y para ofrecerles compensaciones y/o reembolsos cuando estos eran procedentes”, indicó la empresa.
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