La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP , acreditó como víctimas del conflicto a un soldado víctima de una mina antipersonal en el departamento del Cauca.
Al respecto, el magistrado Raúl Eduardo Sánchez, dijo que el caso recoge la norma del Derecho Internacional Humanitario, que indica que no todos lo métodos de guerra están permitidos, bajo ninguna circunstancia.
“Establece que hay que evitar males innecesarios o sufrimientos excesivos a las personas que participen en las hostilidades. En ese orden de ideas, llegamos a la conclusión que estos delitos no son amnistiables y que, a la luz del IDH y de la legislación colombiana, constituyen un crimen de guerra”, explicó.
En ese sentido, el funcionario aclaró que esta decisión abre la puerta para que se acumulen casos de crímenes de guerra cometidos por lasFarc contra integrantes de la fuerza pública.
Publicidad
“Esta puede ser una ventana que se está abriendo en la medida en que existen unos métodos de guerra que no están permitidos y en este caso es posible hablar de unas afectaciones al Derecho Internacional Humanitario contra miembros de la fuerza pública”, puntualizó.
Elalto comisionado para la Paz
, Miguel Ceballos, calificó de "decisión histórica" la tomada por la JEP porque "ha reconocido como víctima a un soldado profesional del Ejército de Colombia, quien fue herido por una mina antipersonal".
Igualmente valoró que "este crimen de la instalación de minas antipersonal sea considerado por primera vez" por la JEP como un "crimen de guerra".
Publicidad
"Nosotros desde la Oficina del Alto Comisionado Paz y del Gobierno del presidente Iván Duque continuaremos en la limpieza del territorio de minas antipersonal", aseveró.