Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Abecé para el incremento del arriendo: ¿cuánto puede aumentar el valor y desde cuándo?

Desde Fedelonjas detallaron que el incremento del valor de arriendo para establecimientos dedicados al comercio "es diferente" al de los establecimientos dedicados a la vivienda, para los cuales aplica la ley 820.

276515_BLU Radio, apartamentos en arriendo /Foto: Blu Radio
BLU Radio, apartamentos en arriendo /Foto: Blu Radio

Karina Reyes, presidenta de la junta de Fedelonjas, explicó en diálogo con Mañanas Blu 10:30, cómo se debe aplicar el incremento en el valor del arriendo de viviendas que, en ningún caso, podrán superar el 9.28 %.

Cuánto aumentará el arriendo en 2024

Según quedó establecido por el incremento del índice de precio al consumidor (IPC), el valor de los arrendamientos de viviendas, para este 2024, no podrá exceder, en ningún caso, el 9.28 %, pues esa es "la cifra suministrada por el Dane".

En ese sentido, sin embargo, la presidenta de la junta de Fedelonjas señaló que también existe la posibilidad de "llegar a acuerdos con el arrendador o la inmobiliaria" para que, si así lo quieren ambas partes, el incremento sea menor al del 9.28 % máximo fijado.

¿Qué hacer si aumentan el valor del arriendo más de lo debido?

Reyes explicó, además, que en caso de presentarse un abuso con el incremento del valor del arriendo y dueño del inmueble pretenda que este supere el 9.28 % establecido como límite, "los arrendatarios deben acudir a alcaldías municipales donde regularmente hay inspecciones", pues esta acción "es una causal justa para dar por terminado el (contrato de) arrendamiento".

Publicidad

¿Desde cuándo puede aplicar el aumento de arriendo a casas?

Asimismo, desde Fedelonjas detallaron que "el reajuste (al valor del arrendamiento) solo aplica al momento de la renovación de los contratos", es decir, cuando se cumple el año de haberse firmado el contrato.

Finalmente, explicó que "el canon (de arrendamiento) no puede exceder (nunca) el 1 % del valor comercial del inmueble", es decir, si el inmueble tiene un valor comercial de 100.000.0000, el costo del arriendo no podrá superar el millón de pesos, aunque se pase esta cifra incrementándolo el 9.28 % permitido para 2024.

Publicidad

¿Cómo funciona el arrendamiento de negocios comerciales?

Por otra parte, la directiva de Fedelonjas detalló que el incremento del valor para establecimientos dedicados al comercio "es diferente" al de los establecimientos dedicados a la vivienda, para los cuales aplica la ley 820. Detalló, igualmente, que para negocios comerciales el incremento se establece entre las partes.

  • Publicidad

Publicidad